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La directiva no se aplicará a los aparatos ya en uso o
ya comercializados en el mercado
El Parlamento Europeo ha
aprobado una propuesta de directiva para restringir la comercialización de los
termómetros de mercurio y otros aparatos de medición que se venden al público
en general una vez que los Estados miembros hayan adaptado sus legislaciones
nacionales. El informe, elaborado por la eurodiputada socialista española María
Sornosa, establece una serie de excepciones y
contempla la eliminación progresiva de los aparatos de medición que contienen
mercurio para uso profesional e industrial. El texto fue aprobado por 599 votos
a favor, 13 en contra y 25 abstenciones.
La propuesta de la Comisión
prohíbe comercializar mercurio en termómetros médicos para la fiebre y en otros
aparatos como manómetros, barómetros, esfigmomanómetros y termómetros no
médicos ya que «el mercurio y sus compuestos son extremadamente tóxicos
para los seres humanos, los ecosistemas y la naturaleza», señaló Sornosa.
La directiva sólo restringe
la comercialización de aparatos de medición nuevos. Por tanto, no deben
aplicarse restricciones a los aparatos ya en uso o ya comercializados en el
mercado. La norma entrará en vigor el
día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea
y, a partir de esa fecha, los Estados miembros dispondrán de un año para
adoptar y publicar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas
necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la misma, y de dieciocho
meses para aplicar las disposiciones de la directiva.