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La Comisión de Salud Pública ha aprobado el Protocolo de vigilancia epidemiológica de la enfermedad por virus zika, un conjunto de medidas encaminadas a detectar de forma precoz posibles casos importados y autóctonos. Asimismo, las Comunidades Autónomas y el Ministerio han abordado un Plan de Preparación y Respuesta frente a enfermedades transmitidas por vectores, encaminado a establecer las medidas de prevención y control de los vectores (mosquitos transmisores), así como de información a los ciudadanos y a los profesionales sanitarios.
En la reunión, presidida por la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación, Elena Andradas, han estado representadas todas las Comunidades Autónomas, que adoptarán sus propios planes de actuación en base a lo aprobado hoy para la vigilancia de la enfermedad por virus zika y los algoritmos y guías de manejo de casos.
Aunque la gran mayoría de los infectados por virus zika no sufre ninguna enfermedad y, en aquellos que enferman, la sintomatología, por lo general es leve, el interés de salud pública se debe a la detección de agrupaciones de ciertas malformaciones en recién nacidos cuyas madres aparentemente se infectaron con el virus zika durante el embarazo. Si bien esta asociación aún está en estudio, la Comisión ha considerado necesario seguir las medidas de precaución propuestas, a la espera de los resultados de las investigaciones en zonas de riesgo, y en línea con la declaración por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de emergencia de interés internacional.
Detección precoz de los casos
El Protocolo de vigilancia epidemiológica tiene como objetivo la detección precoz de los casos para minimizar el riesgo de transmisión de la enfermedad. Incluye la definición de caso y el algoritmo diagnóstico, acordando que las muestras que resulten positivas a nivel autonómico se envíen para su confirmación al Centro Nacional de Microbiología. Asimismo, se ha acordado que se notificarán de forma individualizada los casos confirmados al Centro Nacional de Epidemiología (CNE) a través de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica.
Si se detectara un caso autóctono, la Comunidad Autónoma lo notificará de forma urgente al Centro de Control de Alertas y Emergencias del Ministerio (CCAES) y al CNE. El CCAES valorará junto con las Comunidades afectadas las medidas a tomar y, si fuera necesario, su notificación al Sistema de Alerta y Respuesta Rápida de Unión Europea y a la OMS, de acuerdo con el Reglamento Sanitario Internacional (2005). Para llevar a cabo la detección precoz se difundirán los protocolos de vigilancia en los centros de atención primaria y hospitales, se difundirán los algoritmos y guías de manejo de casos a los profesionales sanitarios y se les informará sobre los casos importados en su área.
Aedes Albopictus
El mosquito tigre (Aedes Albopictus) es el vector capaz de transmitir el virus en España. En la actualidad está presente en localidades de toda la costa mediterránea. Por tanto, las actividades fundamentales de prevención y control pasan por controlar las poblaciones de este insecto y adoptar medidas que eviten su contacto con personas infectadas. El Ministerio y las Comunidades Autónomas han acordado la elaboración de un programa que contemple la gestión integral del vector en su fase de diagnóstico (incluyendo los condicionantes ambientales que propician la existencia del vector), la gestión y evaluación para minimizar el riesgo.
Por otro lado, se mantienen las recomendaciones vigentes a los viajeros que vayan a visitar zonas afectadas por el virus zika para que eviten el contacto con el mosquito transmisor. En el caso de las mujeres en estado de gestación o que estén tratando de quedarse embarazadas, se les aconseja que aplacen sus viajes a las zonas afectadas si no son esenciales. Todas las recomendaciones a los viajeros pueden encontrarse en la página web del Ministerio de Sanidad.
También se mantienen las actuaciones basadas en las directrices del Comité Científico para la Seguridad Transfusional, órgano asesor del Ministerio. De este modo, las personas provenientes de zonas en las que existe el virus zika son emplazadas a posponer una posible donación de sangre cuatro semanas (28 días) desde su regreso. En el caso de que hubieran presentado sintomatología durante su estancia o a su regreso, el período en el que no podrán donar es de seis meses.