Desde el pasado lunes puede adquirirse la píldora del día siguiente o PDD (anticoncepción hormonal de urgencia) sin receta médica en las farmacias españolas, una medida que no ha dejado de suscitar polémica y ha dividido al sector médico y farmacéutico, sobre todo en lo que se refiere a la dispensación a menores de 16 años. En algo coinciden todos: en la necesidad de tomar en paralelo medidas de gran alcance social dirigidas a mejorar la educación sexual.

Sólo para casos urgentes

Tanto desde el Ministerio de Sanidad como desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, insisten en que el uso de la píldora del día siguiente debe circunscribirse únicamente a aquellas situaciones de urgencia que lo requieran, principalmente cuando fallen otros métodos anticonceptivos o en relaciones sexuales no protegidas. A este respecto, el Ministerio de Sanidad y Política Social recuerda que la píldora no debe emplearse como un método anticonceptivo habitual, pues existen otros métodos como el preservativo que, además, previenen enfermedades de transmisión sexual como, por ejemplo, el VIH-Sida.

Vacío legal

La cuestión es: ¿puede el farmacéutico negarse a dispensar un fármaco de venta libre (OTC) si el que lo solicita es un menor de edad? ¿Qué amparo legal tiene si se lo dispensa y ese fármaco le provoca al menor algún problema de salud? Ante esta situación de «vacío legal», juristas y profesionales piden un cambio normativo que recoja de modo expreso el rol sanitario del boticario y su criterio profesional para decidir ante situaciones de duda, ya que la Ley de Garantías no recoge explícitamente la dispensación a menores.
A estas apreciaciones se suman opiniones de juristas expertos en Derecho Farmacéutico que comparten que el farmacéutico no cuenta actualmente con respaldo legal en este campo, por lo que piden una modificación de la norma. «Per se, por el simple hecho de tratarse de un medicamento y de tener esa categoría, resulta lógico pensar que el farmacéutico puede oponerse a dispensar un medicamento si entiende que el paciente puede hacer un mal uso de él, ya sea en casos de un menor de edad o de cualquier otro paciente que pueda llevar al boticario a plantearse si debe o no realizar la dispensación «, ha señalado a Correo Farmacéutico la abogada Margot Subirats, quien ya apuntó que, pese a esta idea fundamentada en la lógica, es necesario una modificación de la Ley de Autonomía del Paciente que reconozca la capacidad profesional del boticario en la dispensación a menores: «Al igual que en el caso de los médicos está bien regulada la actuación en la intervención a menores de edad, es necesario que el farmacéutico también tenga bien definido su marco de actuación ante este tipo de paciente».

Además, algunos juristas ven que la norma debe contemplar «explícitamente» la figura del farmacéutico, su rol sanitario y su criterio a la hora de evaluar la madurez del menor ante una dispensación que genere dudas sanitarias. En su artículo 9, esta norma recoge que el consentimiento informado por representación se otorgará «cuando el paciente menor de edad no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención. En este caso, el consentimiento lo dará el representante legal del menor después de haber escuchado su opinión si tiene doce años cumplidos». Y añade: «Cuando se trate de menores no incapaces ni incapacitados, pero emancipados o con dieciséis años cumplidos, no cabe prestar el consentimiento por representación.

Sin embargo, en caso de actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres serán informados y su opinión será tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente«.A este respecto, además, los juristan estiman que algunos aspectos debe ser matizados, ya que, por ejemplo, el término facultativo que se emplea no hace referencia al boticario, sino al médico, por lo que debe ser incluido «explícitamente». Este cambio permitiría además reconocer el criterio profesional de boticario para decidir sobre la madurez del menor en caso de duda.

La opinión de los médicos

Por su parte, el Colegio de Médicos de Madrid recuerda que la “píldora del día después” debería facilitarse siempre bajo supervisión médica, ya que evaluar e informar del riesgo/beneficio que supone la ingesta de la píldora es fundamental para la salud de cada paciente. Añaden en un comunicado que la no utilización de métodos anticonceptivos de barrera puede propiciar la extensión de enfermedades de transmisión sexual como el sida, cáncer de cuello de útero, sífilis, gonorrea, o cáncer de pene, entre otras. Además, recuerdan que mujeres obesas, con patologías hepáticas, hipercolesterolemia, diabetes o enfermedades cardiovasculares, son los casos en los que el uso de la píldora está contraindicado.

Los expertos del Colegio de Médicos de Madrid inciden en la importancia de cuidar la salud de los ciudadanos y recuerdan que el acceso a la píldora postcoital debe facilitarse pero siempre bajo la supervisión de un médico que valore su utilización en cada paciente e informe de los riesgos. Además, resaltan la necesidad de tomar en paralelo medidas de gran alcance social dirigidas a mejorar la educación sexual.

En este sentido, destacan que además el tratamiento y los métodos de detección de estas enfermedades dispararían el déficit de la sanidad pública si el número de casos aumentara.
Respecto a los perfiles poblacionales de riesgo, los casos en que la ingesta de esta píldora está contraindicada son: mujeres obesas, con patologías hepáticas, hipercolesterolemia, diabetes o enfermedades cardiovasculares.
La presidenta del Colegio de Médicos de Madrid, Dra. Juliana Fariña afirma que “se debería utilizar sólo en casos concretos como una violación, una relación sexual forzada o fallo del método anticonceptivo habitual” y añade “la libre disposición de esta píldora puede tener consecuencias negativas como la disminución del uso de métodos anticonceptivos también seguros y que además previenen el contagio de enfermedades de transmisión sexual”.

Efectos secundarios

Según explica Cristina López del Burgo, del departamento de Medicina Preventiva y Salud Pública, entre los efectos secundarios se incluye sangrado vaginal irregular, retraso de la menstruación, menstruación abundante, aumento de la sensibilidad mamaria, cefalea, mareos, dolor hipogástrico, náuseas, vómitos, diarrea y fatiga. No se recomienda su toma a mujeres con riesgo de embarazo ectópico (con antecedentes de infección de las trompas o de embarazo ectópico), puesto que si la PDD “falla”, puede producirse un embarazo ectópico.

Otro de los efectos secundarios de tomar la píldora del día después, es la “virilización de los fetos de sexo femenino”, según se recoge en la ficha técnica que el laboratorio Chiesi, fabricante de la píldora, presentó a la Agencia Española del Medicamento en 2006. La virilización es un proceso que sucede a las mujeres cuando adquieren caracteres sexuales exteriores propios de un hombre. Por ejemplo, el pelo en la cara. Eso sí, sería consecuencia de ingerirla a “dosis elevadas”, y puntualiza que esta virilización se ha observado en animales, no en personas.


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Redacción Consejos

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